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Angeles Maestro :: 15/03/2020

¿Es tolerable que el Estado de Alarma mantenga subordinación del gasto público al Pago de la Deuda?

Ángeles Maestro - La Haine
En situaciones terribles como la actual se percibe con claridad el atentado a la vida que supone la acumulación de riqueza en unas manos y la miseria para la inmensa mayoría

¿Es tolerable que el Estado de Alarma mantenga la subordinación del gasto público al Pago de la Deuda?

Es bien sabido que la pandemia por el Coronavirus ha servido de detonante de una grave crisis económica que no ha hecho más que empezar. Tan grave, que el cierre de empresas se extiende en cadena y de forma casi tan explosiva como el microorganismo. De esto apenas se informa, pero en los barrios obreros cunde la desesperación y la angustia. La enorme precariedad laboral facilita los despidos con indemnizaciones míseras o directamente sin ninguna, por el sencillo procedimiento de no renovar el contrato.

 Además, aprovechando el pánico reinante, se está diciendo a las trabajadoras y a los trabajadores que se vayan a su casa, directamente, sin tramite administrativo alguno, hasta el punto de que se les podría acusar de abandonar el puesto de trabajo.

 La pérdida del empleo en estas condiciones supone la desaparición de todo ingreso para personas y familias que apenas lograban sobrevivir. Me remito a los datos del Indicador Europeo de Pobreza y Exclusión Social (2019) o al más reciente del Relator de la ONU para la Extrema Pobreza[1]: antes del Coronavirus 12 millones de personas estaban por debajo de los indicadores mínimos de supervivencia y la mitad de la población no podía calentar en invierno su casa o comprar carne o pescado una vez a la semana.

 Sobre esta dramática situación caen los despidos masivos, la inmensa mayoría sin protección social.

La Declaración del Estado de Alarma no se refiere en absoluto a las más ineludibles responsabilidades del Gobierno: a asegurar las condiciones de vida de todas las personas, nativas o extranjeras, que aquí residen.

 Es escandaloso que el Decreto se haya publicado sin establecer medidas extraordinarias que son competencia del Gobierno Central destinadas a incrementar sustancialmente los recursos sanitarios, ya sobresaturados y claramente insuficientes para el aumento de las necesidades de asistencia que se espera. Y sobre todo, es inaceptable la ausencia de medidas sociales y laborales, urgentes e imprescindibles, que detengan la sangría de despidos que está hundiendo aún más en la miseria a millones de personas.

Y por encima de ello, lo que es intolerable es que en una situación tan grave de emergencia de Salud Pública, de necesidad extrema, no se aborde el deterioro acumulado en los últimos diez años de los servicios públicos y se mantenga la subordinación del gasto de todas las administraciones públicas a los recortes impuestos por la Unión Europea, introducidos en 2011 mediante la reforma del artículo 135 de la Constitución, que fue propuesta por el PSOE y apoyada por el PP.

Hay mecanismos legales disponibles, si se quiere. El Decreto de Alarma debe suspender el pago de la Deuda y el cumplimiento de los objetivos de Déficit para todas las administraciones públicas. Máxime cuando tales medidas estan previstas en el artículo 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria, que precisamente desarrolla esa reforma constitucional de 2011 y que debe ser activado de inmediato. Este artículo permite al Gobierno incurrir en déficit estructural en situaciones de "emergencia extraordinaria"; es decir, adoptar las medidas necesarias para obtener recursos inmediatos. Dice textualmente:

Excepcionalmente, el Estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir en déficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

Los recursos de la sociedad deben estar al servicio de la población siempre, máxime cuando se viven situaciones dramáticas como la actual. El gobierno chino construyó los hospitales necesarios en Wuhan en 10 días, ¿y aquí, por qué no? .

Las medidas ineludibles e inmediatas que es preciso adoptar son:

En el ámbito sanitario: Obtención de la financiación necesaria, mediante la emisión de deuda u otros mecanismos, para hacer las inversiones necesarias y urgentes en la sanidad pública, incorporación real de la sanidad privada a la red pública y planificación centralizada de ambas. Contratación del personal necesario para abrir de forma inmediata todas las camas cerradas desde 2010 y el pleno funcionamiento de los centros sanitarios de atención primaria y especializada las 24 horas.

 Poner urgentemente a disposición de todas las personas que lo necesiten los alimentos suficientes y productos higiénicos para garantizar una alimentación y desinfección adecuadas, empezando por los niños y niñas que se han quedado sin comedor escolar. Garantizar por parte del Estado permisos adicionales y plena seguridad laboral a trabajadoras y trabajadores enfermos, que deban dejar de trabajar por medidas profilácticas o que deban atender a niños o adultos dependientes. Paralización de los despidos y para los ya producidos, el derecho inmediato a percibir la prestación por desempleo. Prohibición de EREs y ERTEs en grandes empresas durante el tiempo de vigencia del Estado de Alarma. Prohibición y persecución de prácticas laborales abusivas como el consumo obligatorio de permisos vacacionles. Moratoria del pago de hipotecas y alquileres. Detención de todos los desahucios por impago de hipoteca o de alquiler e incautación a los bancos de las viviendas necesarias para asegurar a todas las personas ese derecho, por razones de emergencia de de Salud Pública. Porque, ¿cómo se ejecutan las medidas profilácticas cuando no se tiene casa?. Anular todo corte de luz, de agas o de agua por impago.

 Es obvio que muchas de estas medidas son incompatibles con el marco legal que es resultado de las últimas reformas laborales. Por ello, al igual que el Decreto incorpora medidas que suponen de facto la intervención de la actividad productiva de las empresas o la suspensión del Estado de las Autonomías (más que cuestionable en el caso de la re-centralización de las competencias en seguridad), hay que suspender la vigencia de las reformas laborales para detener esta sangría social.

 Todas estas medidas son indispensables para mantener las condiciones básicas de la vida.

 Si no se toman, cabe preguntarse: ¿será que el Estado de Alarma establece competencias unificadas de todas las fuerzas del orden bajo el mando del Ministro del Interior para dirigirlas contra el pueblo en el caso de que se produzca un estallido social ?

 Efectivamente, en situaciones terribles como la actual se percibe con toda claridad el absurdo atentado a la vida que supone la acumulación de riqueza en unas manos y la miseria para la inmensa mayoría. Sin olvidar todas las estructuras de poder que se han creado, precisamente, para asegurar el mantenimiento de la enorme violencia social que ello supone.

[1] https://www.rtve.es/noticias/20200207/relator-especial-onu-para-pobreza/1999648.shtml

 

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