Litigio climático
Ecologistas en Acción, Greenpeace y Oxfam-Intermón han dado un paso más para evidenciar la falta de ambición climática del Gobierno y las consecuencias que conlleva. Consideraron ineludible la obligación de iniciar (en 2020) un litigio climático contra el Gobierno de España, la única instancia a la que acudir, “por su actividad totalmente insuficiente en las últimas décadas para mitigar el cambio climático, que pone en grave riesgo los derechos más esenciales de las generaciones presentes y futuras.” La primera demanda se basa en la constatación de que los sucesivos Gobiernos de España han incumplido sus compromisos internacionales en la lucha contra el cambio climático. Las tres organizaciones solicitan al Tribunal Supremo que obligue al Ejecutivo a aprobar formalmente un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que incluya una reducción de emisiones de al menos el 55% hasta 2030 respecto a las que se tenían en 1990. Actualmente, mientras la Unión Europea (UE) ha aumentado el objetivo de reducción de emisiones netas al 55% para 2030, el Ejecutivo español propone solo un 23%. En junio de 2021, presentaron un nuevo recurso contra el PNIEC ya formalmente aprobado, en previsión de que el Tribunal accediera a la pretensión de la Abogacía del Estado de cerrar el procedimiento judicial inicialmente. El segundo recurso, al que se han sumado como demandantes Juventud por el Clima-Fridays for Future y la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo, está basado, igualmente, en la escasa ambición del plan en su previsión de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, que es sólo del 23%, muy lejos del 55% necesario para tener alguna posibilidad de no superar el 1,5o C de temperatura global y cumplir así sus compromisos climáticos internacionales. Unos días después, el Tribunal Supremo (TS) notificó un importante auto a las organizaciones del primer proceso: el auto da la razón a las organizaciones ecologistas frente a la pretensión de la Abogacía del Estado de que se terminara el proceso judicial por “pérdida sobrevenida del objeto litigioso”, tras la aprobación por el Gobierno del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) el pasado mes de marzo. Según el TS, la primera demanda no estaba basada únicamente en la falta de aprobación del PNIEC sino también en la falta de ambición climática que contenía el borrador del plan, finalmente plasmado en el PNIEC aprobado con carácter definitivo el pasado mes de marzo. Esta situación multiplica las oportunidades de éxito para las organizaciones demandantes. El hecho de tener dos procesos abiertos, en los que se podrá aportar nuevas pruebas a medida que la comunidad científica siga evolucionando y publicando informes, otorga a las entidades demandantes mayores opciones de demostrar que la ambición climática que pedimos está avalada por evidencias científicas. También seguirán sucediéndose las victorias judiciales en Europa y en el mundo, lo que situará a la justicia española en un cerco cada vez más estrecho para obligar al Gobierno a cumplir sus compromisos internacionales, como ya están haciendo otros muchos tribunales del ámbito internacional. Fuente: La Garbancita Ecológica Más información: https://juicioporelclima.es/