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México, Anticarcelaria :: 29/04/2014

Presentan informe de la tortura en Guerrero (México) a relator especial de la ONU

Sergio Ferrer
La práctica de la tortura en Guerrero y la situación actual en “una de las entidades más rezagadas en materia de derechos humanos”-

El Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”, presentó al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Tortura, Juan E. Méndez, un informe sobre la práctica de la tortura en Guerrero y la situación actual en “una de las entidades más rezagadas en materia de derechos humanos”-

La organización no gubernamental dedicada desde hace cerca de 20 años a la defensa y promoción de los derechos humanos en el estado de Guerrero, difundió partes del informe entregadas al relator, el cual incluye una selección de información sobre los que denominó “vacíos en los marcos normativos para prevenir, sancionar y erradicar la tortura a nivel estatal; los obstáculos en su investigación; así como los retos para implementar las nuevas reformas al sistema de justicia penal en el estado y la falta de restricciones a la jurisdicción militar”.

A manera de antecedente, el informe recuerda los casos de las indígenas Inés Fernández y Valentina Rosendo, violadas y torturadas por soldados del Ejército Mexicano en 2002, menciona que con base en datos oficiales en los últimos tres años Guerrero registró 57 homicidios por cada 100 mil personas superando ocho veces el promedio mundial. Por otra parte, contabilizan que más del 65 por ciento de los guerrerenses permanecen condenados a vivir en la pobreza.

Antes de destacar el caso de tortura, ejecución extrajudicial y tratos crueles e inhumanos perpetrada contra estudiantes de la normal de Ayotzinapa, Tlachinollan da cuenta de inconsistencias en la erradicación de la tortura por parte de autoridades.

En cuanto a la Ley 439 para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura en el Estado de Guerrero apuntan que Como ha demostrado la experiencia a nivel federal y como ocurrió en el mismo estado de Guerrero, tipificar la tortura en una ley especial y no en el Código repercute en que los agentes del ministerio público, se abstengan de invocar estas normas especiales, llegando al extremo de ignorar su existencia, como sucedía con el delito de tortura cuando estaba previsto en la Ley que crea la Comisión de Defensa de Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CODDEHUM).

La práctica indica que en la inaplicación de las leyes especiales pesa más la inercia burocrática del ministerio público que las razones jurídicas. Aunado a ello, hoy en día se considera que lo pertinente a efectos de brindar mayor certeza jurídica, es establecer todos los ilícitos dentro del Código Penal.

En cuanto a las valoraciones específicas de dicha Ley enuncian las negativas de cambios que deberían estar ya establecidos y llevados a la práctica tales como :

La definición del delito de tortura no se ajusta a los más altos estándares internacionales, la penalidad del delito de tortura es inadecuada, no se incorporaron las agravantes relacionadas con la actividad política de la víctima.

Asimismo acusan que no se incorporaron atenuantes que incentivan el esclarecimiento de la verdad histórica de los hechos, no se especifican las características sustantivas del delito de tortura, no se establece la obligación solidaria directa del Estado de reparar cuando cometa el delito un servidor público.

No se establecen condiciones similares para les revisiones que practicarán los peritos oficiales y aquellos a quienes designe la presunta víctima de tortura, no se respeta el derecho a una defensa adecuada conforme a la Constitución y los tratados internacionales. Por último acusan que se creó
un Comité Técnico carente de independencia del Ejecutivo.

De la investitación del delito de tortura en Guerrero acusan que, “es prácticamente inexistente, pues a la ausencia de un marco jurídico adecuado, se suma la falta de capacidades forenses mínimas del ministerio público, incluyendo a peritos y policías”.

Para Tlachinollan es fundamental destacar que en estados como Guerrero, donde las autoridades a cargo de la investigación de los delitos están involucrados en actividades ilícitas, la falta de garantías de seguridad para las víctimas de actos de tortura inhibe la presentación de denuncias.

Y es que resalta para el centro de derechos humanos con sede en Tlapa, el rezago en los cambios en materia de justicia penal, al respecto la Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF, por sus siglas en inglés) señaló que en Guerrero: “Se advierte una ausencia destacada de información oficial sobre los procesos de reforma, que se suma a la falta de difusión y de apertura hacia la sociedad civil, lo que no contribuye para que las organizaciones de derechos humanos visualicen su importancia para la defensa de los derechos de los Pueblos indígenas”1.

Otro tema reelevante es lo concerciente a la reforma al fuero militar, del cual el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión han sido omisos en reformar el Código de Justicia Militar a pesar de que la práctica d ella tortura y abusos cometidos por militares continúan en aumento.

Destacan como caso emblemático de la persistencia de la ejecución extrajudicial, tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes contra estudiantes de la Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa cometidos el 12 de diciembre de 2012 por corporaciones de seguridad a nivel estatal y federal.

En esos sucesos tres personas perdieron la vida, dos estudiantes por lesiones de proyectil de armas de fuego por parte de corporaciones de seguridad, además del empleado de una gasolinera, a consecuencia de las quemaduras que sufrió al intentar sofocar el fuego en una bomba de combustible.

Asimismo, elementos de diferentes corporaciones policiales detuvieron arbitrariamente a 42 personas, 24 de las cuales fueron sometidas a golpes de palos y toletes. En este grupo se hallaban cuatro menores de edad y una mujer. Adicionalmente, se acreditó que un estudiante de 19 años fue víctima de tortura y acusado indebidamente de haber disparado un arma de fuego de alto calibre (AK-47).

Tras más de dos años de los hechos, los dos únicos funcionarios públicos acusados penalmente de los homicidios de los dos estudiantes han sido liberados, dejando impunes todos los abusos, incluyendo el de la tortura y las detenciones arbitrarias.

Por lo anterior, Tlachinollan consideró indispensable solicitar al Relator Especial que en sus recomendaciones finales considere:

* Reiterar la discrepancia entre la recurrente práctica de la tortura y la ausencia de procesos penales tendentes a la sanción de los responsables como una evidencia de la necesidad de fortalecer el marco legal para prevenir y erradicar la tortura en Guerrero.

*Señalar la necesidad de armonizar los marcos normativos estatales con los estándares internacionales y recomendar que el estado de Guerrero tipifique en el Código Penal del Estado el Delito de Tortura, situación única en el país, que contribuye a que dicho ilícito no sea investigado y sancionado de forma adecuada.

*Reiterar la necesidad de reformar el Código de Justicia Militar para que sea compatible con los estándares internacionales en la materia.

*Externe su preocupación por la inaplicación del Protocolo de Estambul en las investigaciones conducidas en el fuero común y pida información detallada sobre el número de sentencias condenatorias emitidas por tribunales de las entidades federativas en contra de servidores públicos responsables de la comisión del delito de tortura.

*Pronunciarse sobre la necesidad de que se realice un análisis a fondo respecto del Acuerdo 57/2003 de la PGR y de los acuerdos, protocolos o normas análogos a éste que han adoptado las procuradurías locales y en caso necesario se deroguen en la medida de que, a más de diez años de su adopción, no han contribuido a revertir la impunidad respecto de la tortura.

*Exprese su preocupación por el uso de la tortura en contra de los jóvenes estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero, y solicite información detallada sobre las investigaciones iniciadas respecto del uso de la tortura en estos hechos.

 

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