Victoria de Alfredo Cospito: Declaran “ilegítima” parte del artículo 69 del Código Penal Italiano
Por el que llegó a hacer una larga huelga de hambre desde octubre de 2022
Quedó declarada “ilegítima” una parte del artículo 69 del Código Penal que prohíbe a los jueces considerar eventuales atenuantes cuando el delito pueda suponer una cadena perpetua.
Desde Italia nos envían las buenas noticias: Hola compañerxs desde hoy Alfredo vuelve a comer. Va a ser un proceso largo y delicado. Saldrá un comunicado en los próximos días
"La lucha es y será siempre el único camino" Alfredo Cospito Askatu !
Alfredo Cospitok gose grebari amaiera eman dio
Apirilaren 19an, Milanoko San Paolo ospitaleko presoentzako isolamendu sailetik, presoek eskura duten agiri ofizial baten bidez, Alfredo Cospitok Espetxe Zaintzarako Milanoko epaitegira zuzendu duen idatzi labur baten bidez epaileari, espetxeetako zuzendaritzari (DAP) eta Opera espetxeko zuzendaritzari jakinarazi die orain dela 181 egun, 2022ko urriaren 20ean hasi zuen gose grebari amaiera ematen diola.
Hitz gutzitan bere erabakiaren berri eman du, bestelako argibiderik edo arrazoirik gehitu gabe:“Gose greba eteten dudala adierazten dut”.
Gaur bisita egin dioten abokatuak eta medikuak esaten dutenaren zain, Alfredoren erabakia atzo Erroman Auzitegi Konstituzionalak hartutako erabakiarekin lotuta dagoela argi dago. Atzo aipatu epaitegiak Alfredori bizi osorako zigorra ezartzearen gaineko zilegitasunaren inguruan Torinoko epaitegiak egindako galdeketari erantzun zion: haren esanetan leporatutako delituaren gainetik, delitugilea erreinzidentea izan arren ere, epaileek ezin diote inori zuzenean bizi arteko zigorrik edo zigor larririk ezarri, kasu bakoitzaren xehetasun guztiak zein zirkunstantzia aringarriak ondo neurtu eta aplikatu gabe (Alfredoren kasuan “Estatuaren aurkako sarraskia” leporatzen diote, erreinzidentea izanda automatikoki bizi arteko zigorra suposatu ohi duen delitua). Erabaki honek aurrekari garrantzitsua suposatzen du eta abokatuentzako tresna baliagarria izango da.
Comunicado de prensa del abogado Flavio Rossi Albertini
Fue el 20 de octubre de 2022 cuando Alfredo Cospito, durante la primera audiencia en la que tenía derecho a participar tras su traslado al 41 bis del 4 de mayo de 2022, declaró su intención de iniciar una huelga de hambre. Los motivos de la protesta radicaban en las duras críticas que propugnaba el anarquista contra el régimen del 41 bis y el impedimento de cadena perpetua.
Han pasado ya 181 días desde el 20 de octubre en los que Cospito, a través de su cuerpo cada vez más delgado y agotado, ha desvelado lo que en realidad significa el régimen especial penitenciario: privaciones ilógicas impuestas a los presos, duras limitaciones sin un fin legítimo, privación sensorial, un ambiente orwelliano en la cual es constantemente observado y escuchado por cámaras y micrófonos.
Y de nuevo, la imposibilidad de leer, estudiar y evolucionar culturalmente y de recibir libros y revistas del exterior aun cuando sean enviados por editoriales, presos ancianos a los que se les impide por décadas abrazar, ni siquiera tocar, la mano de hijos, esposos, hermanos…
Gracias a la protesta de Cospito, a las movilizaciones del abigarrado mundo de la militancia política extraparlamentaria, al movimiento anarquista, a los intelectuales que se han alineado en apoyo de los motivos de la protesta, al mundo mediático que ha permitido que estos argumentos incómodos lleguen a los hogares, millones de sujetos, incluidas sobre todo las nuevas generaciones, han comprendido la incompatibilidad del 41 bis con los principios de humanidad de la pena y por tanto con la Constitución nacida de la lucha antifascista.
Gracias al asunto Cospito, el 41 bis es cada vez menos tolerado por una opinión pública que en los últimos meses ha sido llamada a jugar un papel activo para superar y desterrar la indiferencia hacia el otro.
Sin embargo, a este resultado inmediato debe agregarse otro, a saber, la declaración de admisibilidad y consecuente registro del recurso interpuesto por la abogada Antonella Mascia de Estrasburgo y el escrito al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, teniendo precisamente por objeto el régimen penitenciario diferenciado previsto en el artículo 41-bis . El recurso, en el que se denuncian graves violaciones al Convenio EDU, será valorado en el fondo en un plazo de dos o tres años (tales son los plazos para pronunciarse) y podría representar el golpe jurídico que proscriba el inhumano instrumento de 41 bis, así como sucedió en el caso de la cadena perpetua.
Por último, pero no menos importante, la victoria objetiva lograda ayer con la decisión de ayer, 18 de abril de 2023, de la Corte Constitucional que, por lo que sabemos por la nota de prensa, no solo decidió sobre el destino del preso anarquista, sino que también hizo una declaración de inconstitucionalidad de la prohibición de la validez de todos los atenuantes, frente a la reincidencia, para todos los delitos cuya pena legal sea fija y contemple únicamente la cadena perpetua.
En conclusión, se puede decir que la lucha emprendida por Cospito ha logrado los objetivos marcados, los tiempos de espera para la decisión de la CEDH, a diferencia de los mucho más cortos de la Consulta, de hecho no son compatibles con la huelga de hambre mientras que la decisión de Estrasburgo merece ser esperada.
Entonces Alfredo Cospito, después de 180 días de ayuno y después de haber arriesgado su vida, haber perdido 50 kilogramos y ahora haber comprometido irreparablemente su función ambulatoria por el deterioro irreversible del sistema nervioso periférico, el 19 de abril de 2023 ha decidido poner fin a la huelga de hambre.
Al hacerlo, el mismo agradeció a todxs lxs que hicieron posible esta tenaz e inusual forma de protesta.